Cruce entre Muela y Aiola por interpretación de la Ley Organica

 

Todo se desencadenó por la información que se conoció en las últimas horas donde el intendente deberá pagar una multa de $35000 y un total de nueve cargos que suman más de 18 millones. El más alto de ellos que supera los 7 millones, tiene que ver con la falta de documentación respaldatoria en la contratación de la Cooperativa Eléctrica para diversas obras.

 

El jefe comunal envía una nota al presidente del Concejo Deliberante donde le solicita que se efectúe la puesta en marcha del Libro de Registros de Ordenanzas Municipales, solicitado por el Honorable Tribunal de Cuentas, el cual no está vigente y por ello se han recibido multas y cargos al respecto como lo relatamos anteriormente.

 

Por su parte el propio Muela le responde que de acuerdo a lo establecido en el artículo 108 de la Ley Orgánica de las Municipalidades capitulo reservado a la Competencia, Atribuciones y Deberes del Departamento Ejecutivo, constituye una obligación exclusiva de este último, llevar un registro especial de ordenanzas y disposiciones en general, resultando por ende, no ser dicho cargo de competencia del suscripto. Resumiendo le dice a Aiola, al ejecutivo municipal que es potestad de ellos y no del Concejo la obligación de llevar el registro que solicita este ultimo.