Descargo del Coordinador del Programa Verano +ATR sobre las colaciones.


El 20 de diciembre de 2021 comencé mis actividades como Coordinador del Programa Provincial Verano + Atr, convocado a trabajar por la Inspectora Jefe Distrital, para lo cual tuve que presentar un Proyecto sobre las actividades a realizar, enmarcadas en lo deportivo, artístico y pedagógico. La IJD al inicio de la labor me entregó la Resolución 4057/21 donde consta cuales son las tareas que debía realizar en dicho cargo.

 

Las mismas son las siguientes:

· Establecer las articulaciones necesarias entre las Sedes, la Jefatura de Inspección Distrital y las demás instancias nacionales, provinciales y locales para garantizar el cumplimiento de los objetivos del programa.

· Realizar el seguimiento, asesoramiento y supervisión de las acciones planificadas por cada Sede.

· Elaborar informes a requerimiento del nivel central.

Pese a que no menciona en las funciones a realizar por el Coordinador, en varias oportunidades por pedido de integrantes del Consejo Escolar, es que realicé por buena voluntad actividades que le corresponden a dicho consejo, pero las mismas fueron llevadas a cabo con total buena intención.

Varios días después que ya había realizado las actividades es que  le informo a la IJD sobre alguna de ellas, diciéndome que no me correspondía, que esa no era mi función, sino competencia del Consejo Escolar.

Ante esto, le presento mi negativa al Consejo Escolar de continuar realizándolas, por lo cual la Presidenta del mismo, María del Valle Aiola, sigue insistiendo que me correspondían  realizarlas y que había una Resolución que así lo establecía. Como ni a la IJD ni a mí nos consta la existencia de esa Resolución invocada por Aiola, solicité que la envíen. Al no recibirla, le informé a la IJD, quien lo solicitó mediante correo electrónico, no recibiendo respuesta al mismo hasta el día de la fecha.

Para ordenar los hechos de manera cronológica, es que detallo las actividades realizadas quien, cuándo y por qué medio me fueron solicitadas.

A través de una llamada telefónica, el día martes 4 de Enero me citan al Consejo Escolar, lo cual no informé a la IJD,  para que vaya a retirar los productos de limpieza y mercaderías (cacao, leche, galletitas según referencia de los Consejeros). Les comuniqué que mi vehículo, un utilitario marca Kangoo modelo 2014, patente OLQ 922, no estaba habilitado para el traslado de mercadería, de igual forma insistieron y los mismos fueron cargados en mi auto particular con la ayuda del consejero Bruga y la Presidenta del Consejo, Aiola, para ser entregados a todas las Sedes, menos Rawson, Castilla y O´Higgins.

Luego, surgió la problemática de que en la Escuela Secundaria Nº 8 no tiene comedor, y ante el reclamo del Director de dicho establecimiento, recibo desde el Consejo el pedido de “que pase por el Autoservicio Vélez Sarsfield y retire mercadería y diga que es para la Secundaria Nº8″. De negarme, los alumnos se quedarían sin cobertura de Servicio Alimentario Educativo, porque, como en reiteradas oportunidades,  “el Consejo Escolar en esa jornada no podía realizar la tarea logística que le corresponde”.  Este pedido consta en un audio que tengo en mi poder.

Al día siguiente, me llama nuevamente la Presidenta del Consejo Escolar diciéndome que se acordó entre ellos (Consejeros) que la Escuela Nº 26 prepare la comida y que todos los días debería llevarla yo en mi vehículo de la EP Nº26 a la SEC Nº8. Se lo comunico a la IJD, quien me vuelve a reiterar que no es parte de mi función, ante lo cual llama a la Presidenta del Consejo Escolar solicitando una reunión para acordar la forma adecuada de traslado involucrando responsables y cuidando de las y los alumnos, solicitando se mantenga la cadena de frío. Se acordó en la misma que la comida iba a ser colocada en una conservadora, la que adquirida por la petición de su resguardo, y retirada por el Director en su vehículo particular, para luego ser entregada a los alumnos (Consta en Acta).

En cuanto a lo sucedido respecto a las colaciones sobrantes del CEF es que el primer día había una matrícula real de 82 alumnos y el número de inscriptos era bastante superior (250 alumnos), es por ello que una parte del sobrante el primer día de clase es que decido, sin consultar a la IJD, ver la forma de poder redistribuir las mismas entre los alumnos desvinculados para lograr su incorporación al Programa, ya que es una de las finalidades del mismo. Tomo la decisión de que el sobrante sea llevado a Jefatura, que es donde tengo el asiento administrativo de mi labor, en el marco de una situación en la que el Consejo Escolar se negaba sistemáticamente a cumplir con su labor logística y me delegaba constantemente dicha tarea basándose en una Resolución que nunca me fue proporcionada. Asimismo, cabe agregar que desde el mismo Consejo Escolar me indicaban la redistribución de las colaciones.

El día 18 de enero se acercan a Jefatura Distrital integrantes del Consejo para preguntarme por qué llegaban algunos días colaciones a Jefatura Distrital. Mi respuesta ante esta situación fue que yo daba por sentado que el Consejo estaba en conocimiento del destino de las colaciones, suponiendo que tenían una comunicación fluida y diaria con el proveedor. Mi pregunta ante dicho cuestionamiento fue “¿Quién lleva el control de las colaciones que se entregan?”, no obteniendo respuesta.

Seguidamente, ese mismo día, aún estando de vacaciones la IJD, Andrea Castronuevo, al ser requerida por integrantes del Consejo Escolar se hace presente en Jefatura, donde se pone en conocimiento de la situación. Inmediatamente me indica, como lo hizo desde un inicio, no recibir más ningún tipo de mercadería, acotando que Jefatura Distrital es responsable de lo Pedagógico y Consejo Escolar del SAE (Servicio Alimentario Escolar), por lo cual en la presencia de los Consejeros prohíbe el ingreso de todo tipo de alimentos a la Sede de JD. En ese momento, se produce un intercambio de palabras donde la Presidenta del Consejo Escolar sigue insistiendo que como coordinador tengo que hacerme cargo de la logística en relación al traslado de mercaderías, frente a lo que la IJD reitera que es una actividad inherente al Consejo Escolar y no me corresponde.

Quiénes me conocen saben de mi proceder, pero no deja de ser un hecho angustiante y lamentable, que por querer ayudar y solucionar problemas ocasionados por los mismos demandantes, hoy me encuentro dando una explicación ante lo que ellos mismos dijeron ser mi responsabilidad.

Y, en esto de las responsabilidades, hay una cuestión que quiero agregar, porque si no aclaro también temo recaiga sobre mí y es que en los remitos que el proveedor entregaba, constaban sándwiches y entregaban bananas o manzanas, figuraban tortas negras y llevaban facturas con crema. Tengo audios y fotos que corroboran lo dicho. Cuando les solicité explicación a los integrantes del Consejo Escolar, y responsables de todo lo que compete a mercaderías, me responden que  “el PROVEEDOR que lleva la mercadería NO está HABILITADO para proveer fruta porque es panadero”.

 

Esteban Golía
DNI 25137479
Coordinador
Programa +ATR