Desde el Bloque de Concejales Juntos y La Libertad Avanza Chacabuco, hemos interpuesto una acción de inconstitucionalidad contra la Municipalidad de Chacabuco, objetando la aprobación de las Ordenanzas Fiscal e Impositiva para el año 2025.
La demanda, presentada ante la Suprema Corte de Justicia, solicita que se declare la nulidad de ambas normas por haber incumplido diversas irregularidades que afectan su validez.
La primera de ellas es la falta de mayoría absoluta en la votación. Ambas ordenanzas fueron aprobadas sin alcanzar la mayoría absoluta, para la cual se requerían 19 votos. La votación quedó empatada con 18 votos a favor y 18 en contra y el presidente del Concejo Deliberante desempató haciendo uso de su voto doble. Esta acción es inconstitucional dado que el artículo 193 de la Constitución Provincial exige expresamente una mayoría absoluta sin excepciones para la creación o aumento de tributos municipales.
Por otro lado, existió una irregularidad en la conformación de la Asamblea, en la cual participó una empleada municipal en calidad de Mayor Contribuyente, a pesar de encontrarse alcanzada por una causal de incompatibilidad establecida en el art. 7, inc. 2, de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que prohíbe a los empleados de la Municipalidad desempeñarse como Mayores Contribuyentes, con el fin de garantizar la independencia de ellos en el ejercicio de sus funciones.
Del mismo modo, planteamos la inconstitucionalidad del contenido del artículo 66 de la Ordenanza Impositiva, que autoriza al Intendente a actualizar bimestralmente el valor de las tasas según el Índice de Precios al Consumidor del INDEC, permitiéndole incrementar indefinidamente los tributos sin convocar a la Asamblea, configurando una delegación inconstitucional de facultades.
Conforme el artículo 45 de la Constitución Provincial, los poderes públicos no pueden delegar sus atribuciones, y la competencia para fijar tributos corresponde exclusivamente a la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes.
Permitir la aprobación de dichas ordenanzas sentaría un grave antecedente, ya que podrían adoptarse medidas en materia fiscal sin los controles necesarios, afectando la institucionalidad y el principio de seguridad jurídica.
Por estos motivos, el Bloque Juntos y La Libertad Avanza Chacabuco, solicita a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires que declare la inconstitucionalidad de la Ordenanza Impositiva N°10.448 y la Ordenanza Fiscal N° 10.449.