Primicia: La justicia falló a favor del municipio


Después de varios años, en el 2012 se empezó con el litigio, la justicia había fallado a favor de la empresa Cirigliano SA, en Junio de este año, haciendo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por el demandado y, en consecuencia, rechazando la demanda de desalojo instaurada por la Municipalidad de Chacabuco contra Cirigliano SA.

Se trataba de una sentencia de primera instancia impuesta en el Juzgado en lo Civil y Comercial N°3 del Departamento Judicial Junín el día 3 de Junio de 2019. Dicha sentencia fue apelada por el municipio a mediados de agosto y en las últimas horas la misma Cámara revoca la sentencia apelada haciendo lugar a la demanda de desalojo entablada.

Cirigliano podría interponer un recurso extraordinario ante la corte de provincia, recurso que para ser presentado, que sea admisible deberá depositar una suma cercana al millón de pesos, que se hace como requisito del recurso, en caso que se le diera la razón a Cirigliano se devolvería ese deposito o si pierde la instancia pierde el deposito en caso que no prospere el recurso.